¡Y Albacete ya tiene…..

            La Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Contratación ha dictaminado el pliego de condiciones que servirá de base para la adjudicación de la Plaza de Toros de Albacete, una vez que dicho pliego sea aprobado por la Junta de Gobierno Local.

El pliego presenta numerosas modificaciones respecto de las experiencias anteriores a fin de ajustarlo a la nueva realidad y hacerlo más atractivo para las empresas interesadas. El nuevo canon se ha establecido en 49.709 euros (IVA incluido), cantidad que supone una rebaja aproximada de 10.000 euros respecto del pliego por el que salió a concurso en noviembre, del pasado año.

La duración de la concesión será por un total de 5 años, si bien sólo el primero de ellos será obligatorio, pudiéndose solicitar a la finalización del mismo una prórroga por tiempo de dos años y una segunda prórroga por el mismo periodo (1+2+2).

Así es el nuevo pliego de la plaza de toros de Albacete:

A.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.

1.- PROGRAMA DE FESTEJOS

El Adjudicatario vendrá obligado a organizar y desarrollar los espectáculos taurinos en la forma y condiciones siguientes:

a) Abono Feria de Septiembre.- Del 8 al 17 de septiembre. Diez festejos taurinos de la máxima categoría artística que conformarán el Abono Taurino de la Feria de Albacete. Para el primer año de vigencia del contrato, Feria 2021, los festejos se dividirán en dos grupos, a saber:

• 6 Festejos de tipología fija obligatoria:

– Cuatro (4) Corridas de Toros, de las cuales una podrá ser de rejoneo.

– Una (1) Corrida de rejones.

– Una Novilladas con Picadores.

• 4 Festejos con tipología Variable. Festejos cuya tipología será objeto de valoración en los términos del apartado 12.2 del Informe del Servicio (Criterios Valoración).

En la Feria 2022, Ayuntamiento y Empresa, negociarán la continuidad o no de la tipología de los cuatro festejos variables propuestos en la oferta, y ello en el caso de que así lo justificara la situación de crisis sanitaria del momento.

En la Feria 2023 y siguientes se recuperaría la tipología tradicional del abono de 7 corridas de toros, una corrida de rejoneo y dos novilladas picadas.

El abono taurino se iniciará el 8 de septiembre y concluirá el día 17 de septiembre con la celebración de sendas corridas de toros.

En el desarrollo del contrato y por razones de interés general, el Ayuntamiento podrá autorizar variaciones en la composición del abono a propuesta del contratista.

b) Fiestas de San Juan.- Una Novillada Sin Picadores. Compuesta preferentemente por alumnos de la Escuela Taurina, sin perjuicio de las posibles participaciones de alumnos de otras Escuelas por razón de intercambio.

c) Corrida de “ASPRONA”.– El Ayuntamiento cederá gratuitamente el uso de la Plaza de Toros a la Institución “Asprona” para la celebración de un festejo taurino benéfico anual. Tal circunstancia se comunicará al adjudicatario de la plaza con la suficiente antelación.

d) Festival del “COTOLENGO”. El adjudicatario colaborará con el Ayuntamiento en la organización del Festival Benéfico del Sagrado Corazón en los siguientes términos:

–  Donación de un novillo-toro

–  Contratación de Mulillas y personal de arrastre

–  Adquisición de banderillas y juegos de puyas

–  Gestión de taquillas (Equipamiento informático y taquilleros/as)

e) Otros Festejos Taurinos

-Una Novillada Sin Picadores, para alumnos de la Escuela Taurina de Albacete. En las mismas podrán intervenir alumnos de otros Escuelas Taurinas, en virtud de intercambios convenidos. Se lidiarán seis novillos erales

– Clases Prácticas.- Dos ( 2 ) Clases prácticas en las fechas que la determine la dirección de la Escuela Taurina de Albacete, previo acuerdo con la Empresa, en función de las necesidades e intereses mutuos.

El Ayuntamiento determinará fijar el lugar y fecha de realización de la novillada y de las clases prácticas, así como la composición de los carteles.

La Empresa adjudicataria correrá con la totalidad de gastos de organización y realización de estos festejos.

Los festejos de este punto deberán estar debidamente asegurados contra inclemencias meteorológicas, por lo que, en el caso de suspensión por dichas causas u otras no imputables a la Escuela, el director de ésta y el adjudicatario pactarán nueva fecha para su celebración.

En todo caso la organización de los festejos de este apartado incluirán el personal necesario en Plaza, de cuya correcta situación fiscal y laboral responderá el concesionario.

La propuesta de ganaderías a lidiar en los festejos de promoción y clases prácticas indicadas precisarán de la aprobación de la dirección de la Escuela Taurina, reservándose el derecho a visitar las ganaderías propuestas por el adjudicatario.

f) Tentaderos

La empresa adjudicataria proporcionará, Veinticuatro (24) becerras procedentes de ganaderías de reconocido prestigio para ser tentadas por los alumnos de la escuela taurina.

Los tentaderos se realizarán entre los meses de octubre a junio con un máximo de 6 vacas por sesión. Se procurará no hacer más de dos tentaderos al mes.

Correrán por su cuenta de la empresa contratista los gastos que dichos tentaderos originen, incluidos los de manutención y desplazamiento de los alumnos y profesores de la Escuela.

Sobre cambios, sustitución o compensación de prestaciones.-

El Servicio de Cultura-Festejos, en el ejercicio de sus funciones de control y coordinación del contrato, podrá proponer, de acuerdo con el adjudicatario, y con la autorización del Concejal de Asuntos Taurinos, cambios, sustituciones o compensaciones entre las prestaciones de los apartados b), e) f) de este mismo apartado y del posterior 14.a).

Los cambios no afectarán en ningún caso a la naturaleza y sustancia de la prestación, mantendrán el equilibrio económico entre los elementos

intercambiados o entre sustituidos y sustitutos. En todo caso estarán debidamente motivados y justificados. Serán congruentes y conformes con la razón, la buena lógica y el interés común.

2.- GANADERIAS.-

El contratista presentará tantas ganaderías como festejos programados. Los toros y novillos procederán de hierros que hayan lidiado en plazas de 1a categoría al menos dos tardes entre las dos temporadas anteriores y la temporada en curso, hasta la fecha de presentación de las ganaderías. Para eventuales sustituciones se presentará un grupo de ganaderías de la misma categoría anterior, de entre las cuales saldrán las ganaderías sustitutas.

Se valorará la programación en el abono de una corrida de toros de las denominadas “toristas”, mediante la concertación de ganaderías de hierros representativos de tal condición.

La relación de ganaderías propuestas deberá presentarse en el Ayuntamiento antes del día 31 de mayo de cada año y en su caso, ser aprobadas por el mismo en el plazo máximo de un mes.

El Ayuntamiento se reserva el derecho a visitar las ganaderías aprobadas con el fin de reconocer y reseñar los toros a lidiar. En este caso, el concesionario estará obligado a concertar y sufragar las visitas a las ganaderías por parte de una Comisión Municipal.

El Ayuntamiento podrá delegar este derecho de visita de ganaderías en favor de miembros de una o varias Asociaciones de Aficionados de reconocida implantación local.

Desencajonada.- La empresa adjudicataria organizará pública desencajonada en la plaza de los toros correspondientes a los primeros festejos del abono. Tendrá lugar en los días previos al comienzo del abono.

Apartado de los toros.- La empresa adjudicataria habilitará la presencia de aficionados en el apartado diario, con el establecimiento de un aforo adecuado.

3.- TOREROS.- Compondrán los carteles taurinos diestros de la máxima categoría artística.

Dos de los matadores propuestos en cada corrida deberán cumplir alguno de los requisitos siguientes:

1.- Haber concluido la temporada anterior entre los 17 primeros del escalafón. Éste se obtendrá en función del número de festejos toreados y trofeos obtenidos en plazas de primera categoría.

2.- Triunfador de la Feria Taurina de Albacete del año anterior.

Se procurará especialmente la presencia en los carteles del triunfador del abono de Albacete en la Feria anterior.

3.- Triunfador de la temporada corriente,

Igualmente se procurará la presencia de aquellos toreros cuya relevancia de su trayectoria durante la temporada corriente (hasta la fecha de presentación de carteles), concretada en triunfos en plazas de primera categoría, así lo avale, especialmente si se trata de toreros locales.

En el cómputo total de toreros programados, como mínimo tres deberán ser locales.

Sustituciones: En el caso de sustituciones, los matadores propuestos lo serán de la misma o superior categoría y clasificación artística del sustituido. A estos efectos podrán quedar asimilados a los que cumplan los requisitos anteriores, los siguientes matadores:

– Matadores triunfadores en la propia Feria de Albacete en curso, especialmente si son locales.

Fecha tope de propuesta al Ayuntamiento de composición de los carteles del Abono de Feria.- Día 15 de julio.

Acto público de presentación de cartel: La empresa adjudicataria organizará acto público de presentación del Cartel de la Feria.

Para tal acto se procurará la presencia del torero triunfador de la Feria anterior, así como la de alguna de las figuras del toreo incluidas en el cartel. Además se concertará un espectáculo artístico adecuado a la relevancia del acto.

El Ayuntamiento, aprobará o, en su caso, rechazará total o parcialmente los carteles propuestos cuando la composición de los mismos no coincida con las ganaderías propuestas o cuando los diestros que figuren en los mismos no se atengan a lo estipulado en el apartado anterior.

Cualquier modificación a los carteles aprobados inicialmente por el Ayuntamiento deberá ser justificada convenientemente por el contratista y autorizada por el Ayuntamiento.

Tanto en la propuesta de programación inicial como en el caso de las sustituciones que pudieran surgir, el Ayuntamiento, a propuesta de la Concejalía de Asuntos Taurinos, podrá autorizar casos excepcionales de toreros programados que incumplieren los requisitos anteriores, y ello sólo por causa motivada de interés general.

4.- FESTEJOS TAURINOS POPULARES

El adjudicatario organizará un mínimo de doce (12) festejos taurinos populares con entrada libre, que tendrán lugar en Jueves Lardero (uno), Festividad de San Juan (uno) y Feria de Septiembre (diez), en las fechas que fije el Ayuntamiento. El contratista se procurará las autorizaciones reglamentarias estipuladas para la celebración de este tipo de festejos, así como la prestación de los correspondientes servicios médicos y de urgencia necesarios para el desarrollo de la actividad.

Los directores de lidia de los referidos festejos populares tendrán que ser profesionales locales.

5.- BANDA DE MUSICA TITULAR

Serán por cuenta del adjudicatario la totalidad de gastos derivados de la contratación de la Banda de Música Titular de la Plaza.

El Ayuntamiento designará la Banda de Música titular de la Plaza Toros de Albacete, así como la retribución que percibirá y demás condiciones de su actividad.

A los efecto de la presente bonificación , se entenderá como Base Imponible del Impuestos sobre la Renta de las Personal Físicas, la suma de las casillas 500, Base Liquidable General y 510 , Base Liquidable del Ahorro.

Tal espacio estará ubicado en los tendidos 6, 7 y 8. Filas 6a a la 12. Comprende un total de 635 localidades, las cuales podrán ser expedidas mediante abono .

Precio del abono.- Noventa y cinco euros con veintidós céntimos, (95,22 €)

El precio de los abonos será objeto de oferta a la baja y valoración en el proceso de adjudicación.

b) Espacio reservado para JÓVENES hasta 28 años

En el mismo espacio arriba referido ubicado en los tendidos 6, 7 y 8. Filas 6a a la 12. Comprende un total de 400 localidades, las cuales podrán ser expedidas mediante abono o individualmente.

Precio del abono.- Noventa y cinco euros con veintidós céntimos, (95,22 €)

El precio de los abonos será objeto de oferta a la baja y valoración en el proceso de adjudicación.

Los abonos a los precios especiales a) y b), resultantes de la oferta ganadora, estarán a la venta o renovación sobre las 1.035 localidades arriba indicadas a la apertura del plazo de venta de nuevos abonos.

c) Liberación de precios especiales

Las localidades no abonadas estarán a la disposición de las personas arriba indicadas a los precios especiales marcados, por todos los canales de venta, hasta las 0 horas del día anterior al de la corrida (42 horas antes del inicio del festejo), momento a partir del cual regirán los precios generales de tarifa del año correspondiente.

d) Control Municipal

El Servicio de Festejos y Asuntos Taurinos controlará el cumplimiento de las anteriores condiciones de ubicación, número de localidades ofertadas, precios y plazos de mantenimiento de los mismos. Para ello, la Empresa adjudicataria habilitará al personal del Servicio para el acceso al sistema informático de ventas, en los términos que se acuerden.

El concesionario remitirá anualmente al Ayuntamiento, antes del final de cada año de vigencia del contrato, relación nominal de abonados de la Plaza.

El incumplimiento de lo establecido en este punto será constitutivo de infracción muy grave, lo cual podrá provocar incluso la resolución del presente contrato.

6.- MANTENIMIENTO DE LA PLAZA

El adjudicatario estará obligado a la limpieza, mantenimiento, conservación y vigilancia del edificio de la Plaza de Toros conforme a las siguientes determinaciones:

a)  Limpieza del Recinto.- Anterior y posterior a la celebración de festejos de cualquier índole que se desarrollen bajo organización del contratista.

b)  Reparación de daños. Referido a la reparación de los deterioros producidos en todos los elementos e instalaciones del recinto en el desarrollo de las actividades objeto del presente contrato.

Serán daños reparables por el adjudicatario los producidos por mal uso o vandalismo del público asistente, así como los producidos por el uso y desgaste natural en las zonas de uso específico taurino, como son los corrales, chiqueros, desolladeros y otras instalaciones específicas del mismo ámbito.

Se incluye expresamente el mantenimiento y reparación del aparato elevador.

En este punto se excluyen los daños causados en el Recinto en los casos de conciertos y demás eventos realizados bajo organización municipal, o de otras instituciones públicas o privadas por cesión del Ayuntamiento. En estos casos será responsable el organizador.

c)  En el caso de que las obras de reparación o de mejora de instalaciones que propusiera realizar, a su costa, el adjudicatario, afectaran a elementos constructivos o estructurales, o a los esquemas de división de sus dependencias, será precisa la previa autorización del Ayuntamiento.

d)  El contratista dispondrá un servicio de vigilancia especializado y permanente, en torno a los corrales de la plaza, durante el desarrollo de la Feria Taurina. El servicio se prestará desde la fecha de la primera desencajonada hasta el día 18 de septiembre de cada año.

e)  Corresponderá al adjudicatario la instalación de una lona o similar, de fácil montaje y desmontaje, que protegerá el albero de las inclemencias meteorológicas.

La lona que se instale, por su impermeabilidad y sistema de levantamiento y recogida tras lluvias, deberá ofrecer una prestación adecuada a su finalidad, y para ello deberá obtener la ratificación de su idoneidad por parte del Servicio Municipal de Asuntos Taurinos.

f)  El adjudicatario proveerá albero para el ruedo de nuestra Plaza de Toros en las fechas, cantidad y de la procedencia que fije el Ayuntamiento de Albacete.

g)  Entregar la plaza y demás instalaciones complementarias al Ayuntamiento a la finalización del contrato, en las mismas condiciones en que la recibió, así como las mejoras incorporadas en su caso, sin derecho a indemnización alguna.

7.- SOBRE PERSONAL Y OBLIGACIONES FISCALES – LABORALES

Obligación de abonar las tasas, e impuestos que graven el contrato y la actividad en que consiste, así como cumplir las obligaciones laborales y sociales respecto del personal que contrata, teniendo en cuenta que dicho personal no tendrá relación jurídica alguna con el Ayuntamiento. Igualmente el adjudicatario queda obligado a cumplir la normativa vigente en materia de seguridad y salud y prevención de riesgos laborales con sus trabajadores.

Estará obligado a que el personal destinado a los servicios de atención al público estén debidamente acreditados e identificados numéricamente a los efectos de cualquier referencia a los mismos.

De uniformar a su costa a todo el personal al servicio de la Plaza de Toros (porteros, acomodadores, mulilleros, etc.), teniendo en cuenta que dicha indumentaria no contendrá elementos publicitarios.

Los “Chulos de Toriles” irán vestidos de corto.

El adjudicatario presentará una muestra del vestuario del personal, la cual habrá de ser expresamente autorizada por el Ayuntamiento de Albacete.

La Empresa dispondrá el uso obligatorio de la indumentaria oficial.

Podrá ser objeto de infracción el uso de vestuario no autorizado por parte del personal de la plaza, incluidos en este caso los profesionales del servicio de repostería.

El adjudicatario quedará subrogado respecto de los trabajadores de la plaza de toros de Albacete, art. 12 del Convenio Colectivo de Empresa “UTE Taurino Manchega 2” – Plaza de Toros de Albacete, de 1 de febrero de 2017. El cual se adjunta como Anexo.

El contratista permitirá el acceso gratuito a los festejos de la Feria Taurina anual a los siguientes profesionales y colectivos;

– Profesionales locales del toreo: matadores, novilleros, banderilleros y picadores en activo.

– Personal jubilado que hubiese prestado servicios en la misma, previa acreditación ante la empresa contratista al inicio de la temporada taurina.

– Los alumnos de la Escuela Taurina de Albacete y los profesores de la misma.

8.- PRECIOS GENERALES DE LAS LOCALIDADES Y SERVICO DE REPOSTERIA

Los precios de los abonos y localidades para la temporada 2.021 serán los que resulten de aplicar a los que figuran en el Anexo 1, las reducciones contenidas en la oferta del adjudicatario. En el caso de ejecutarse la primera prórroga para las temporadas 2.022 y 2.023, y en su caso en las de la segunda prórroga ( 2023 y 2024) , los precios serán modificados conforme a la variación del IPC, calculado sobre los precios de la temporada anterior.

El adjudicatario presentará la lista de precios de los servicios complementarios de repostería y almohadillas de la Plaza con su oferta. En los años siguientes del contrato, estos precios podrán aumentarse según incremento del Índice de Precios al Consumo.

9.- DESIGNACION APODERADO DE LA EMPRESA y RESPONSABLE MUNICIPAL DE SEGUIMIENTO

La Empresa designará a una persona con poder suficiente, domiciliada en esta ciudad, para que le represente ante el Ayuntamiento, teniendo en cuenta que las comunicaciones y notificaciones que se hagan a dicho representante se entenderán hechas al concesionario.

10.- OTRAS PRESTACIONES.-

  1. PUESTOS-CONTRATACIONES

El adjudicatario vendrá obligado a procurar los siguientes puestos- contrataciones, con la totalidad de gastos a su cargo, a favor de novilleros locales, con y sin caballos,

Seis (2) puestos-contrataciones en Novilladas Picadas para novilleros locales, preferentemente ex – alumnos de la Escuela Taurina, debutantes en la temporada corriente o en las dos anteriores.

Seis (6) puestos en Novilladas de Promoción para novilleros sin caballos locales, preferentemente alumnos de la Escuela Taurina.

Se procurará un equilibrio en la asignación de novilleros exalumnos y alumnos para el disfrute de los puestos referidos. En todo caso se asignarán a propuesta de la empresa y con el consentimiento previo a la fecha del festejo por parte de la dirección de la Escuela Taurina.

En estos casos no se computarán los puestos toreados en la plaza de toros de Albacete derivados del presente Pliego.

Las cuadrillas en ambos casos tendrán que estar compuestas por profesionales locales.

b) Servicio de Profesorado Artístico, Teórico y de Preparación Física

El adjudicatario, vendrá obligado a la prestación de un Servicio de docencia teórica y de preparación física, cuya composición humana, aspectos y condiciones de prestación serían determinadas por la Presidencia de la Escuela.

El importe destinado al servicio será de 1.210 € al mes, durante la totalidad de vigencia temporal del contrato. La presente obligación entrará en vigor desde la firma del contrato.

B.- OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO.

Poner a disposición del contratista el edificio de la Plaza de Toros con sus instalaciones y elementos muebles, todo ello dentro de los términos y condiciones contenidos en el presente Pliego.

Mantener un Conserje en el edificio que ocupará la vivienda existente en la Plaza de Toros. Dicho Conserje será el encargado de custodiar todas las llaves de las dependencias de la Plaza, poniéndolas a disposición del concesionario cuando éste lo solicite y lo autorice la Jefatura de la Unidad de Coordinación de Cultura y Festejos.

C.- DERECHOS DEL CONCESIONARIO.

A realizar y explotar a su beneficio los espectáculos taurinos en los términos del presente Pliego.

Requerirá autorización municipal expresa la colocación de cualquier tipo de publicidad en la Plaza.

D.- DERECHOS DEL AYUNTAMIENTO.

El Ayuntamiento tiene, respecto del adjudicatario los siguientes derechos:

1.- Percibir el canon del contratista en la cuantía y plazos previstos en el presente Pliego de condiciones.

2.- Realizar las obras de mejora que estime pertinentes en la Plaza de Toros, fuera de la temporada taurina, y sin perjuicio de las obligaciones que incumben al concesionario según el presente Pliego.

3.- Fiscalizar el contenido y desarrollo de los espectáculos taurinos en cuanto al número y calidad de éstos.

4.- El Ayuntamiento se reserva para la Feria Taurina y resto de espectáculos en la Plaza:

– Los palcos números, 34, 35, 36 y 43

– El palco número 14 para su uso por parte de personas con menores capacidades, en las condiciones que se determinen por el Servicio.

– Diez (10) localidades en los tendido 1-2 o 3 para el protocolo municipal.

– Las localidades precisas, sin numerar, para el personal de Servicios Municipales.

– Dos espacios (palcos/zona grada u otros) para el uso profesional de periodistas.

5.- El Ayuntamiento se reserva el derecho de disponer de la Plaza de Toros los días que considere oportunos que no coincidan con los destinados por el contratista para la celebración de espectáculos taurinos derivados del presenta contrato, con objeto de poder celebrar en la misma espectáculos de índole no taurino. En tales supuestos la explotación de los servicios complementarios de repostería y almohadillas quedará liberada respecto de su asignación a la empresa adjudicataria.

Igualmente el Ayuntamiento podrá ceder la Plaza de Toros a terceros para la celebración en la misma de espectáculos de índole no taurino siempre que la celebración de éstos no coincida con las fechas tradicionales de celebración de festejos taurinos.

6.- Corresponde al Ayuntamiento la comprobación y aprobación anual del aforo de plaza. Para ello, antes del 31 de julio de cada año la empresa adjudicataria presentará para su aprobación el plano de distribución de aforo para la temporada. El Ayuntamiento podrá instar modificaciones al mismo, por causa justificada y previo informe motivado del Servicio Promotor.

…y como diría mi tío José María.” Mal morlaco le ha tocao, señor alcalde y, en los tiempos que vivimos, o puede ser de faena o de vuelta a los corrales, pero hay que torearlo y, lo más es que quede desierto el pliego, las faenas ………………..ya las veremos por la tele…”

2 comentarios en «¡Y Albacete ya tiene…..»

    1. Este próximo lunes día 9 de agosto, se harán publicas las corridas correspondientes a la temporada de feria 2021 de Albacete.

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